De vez en cuando aparece un artículo sobre un ladrón que irrumpe en la casa de alguien y demanda al propietario cuando el ladrón tropieza en las escaleras o resulta herido por alguna otra causa en la casa. Si has leído un artículo así, probablemente te habrás enfurecido. Después de todo, ese ladrón no debería haber estado allí en primer lugar.
En Illinois, la regla general de la ley es que alguien que posee o es responsable de mantener una propiedad - por lo general un propietario o dueño de negocio - tiene que hacer las instalaciones razonablemente seguras para las personas que visitan. Sin embargo, la ley establece una distinción entre las personas que son invitadas o que tienen permiso para entrar, como los invitados a una fiesta o los clientes de un negocio, y las personas que entran sin autorización.
Cuando se trata de personas a las que se permite entrar en una propiedad -conocidas legalmente como invitados o licenciatarios-, el propietario u ocupante tiene la obligación de adoptar medidas razonables para solucionar los problemas o advertir a los invitados de las condiciones inseguras de las que tiene conocimiento, que no cabría esperar razonablemente que los invitados descubrieran por sí mismos, y que previsiblemente podrían causar lesiones. Si el propietario u ocupante no toma las medidas razonables, puede ser considerado negligente y responsable de las lesiones sufridas por el invitado o titular de la licencia.
Con los intrusos, un propietario u ocupante generalmente no debe tal deber de cuidado razonable. En Illinois, la negligencia en la reparación de un defecto o en la advertencia de un peligro no suele hacer responsable al propietario u ocupante de las lesiones causadas a un intruso. Sin embargo, el propietario u ocupante puede ser responsable de las lesiones a los intrusos resultantes de una conducta deliberada y gratuita. La conducta deliberada y gratuita va más allá de la negligencia ordinaria y abarca acciones intencionales o acciones que muestran una indiferencia temeraria por la seguridad de los demás.
Incluso con arreglo a la norma de responsabilidad por conducta dolosa y gratuita, el propietario u ocupante debe tener conocimiento real o implícito de la presencia de un intruso en las instalaciones. La notificación real es bastante sencilla: el propietario u ocupante tiene conocimiento concreto de que hay un intruso, por ejemplo porque lo ha visto o le han dicho que hay un intruso. La notificación implícita significa que el propietario u ocupante debería haber sabido que había un intruso.
Hay un par de excepciones en las que el propietario u ocupante de un local puede tener alguna responsabilidad por causar negligentemente lesiones a un intruso.
En tales circunstancias, el propietario u ocupante puede deber al intruso un deber de diligencia razonable en Illinois.
Si usted ha sido lesionado en la propiedad de otra persona, usted puede tener un reclamo de responsabilidad de las premisas y puede ser capaz de recuperar el pago de sus gastos médicos, salarios perdidos, discapacidad y desfiguración, dolor y sufrimiento, y la pérdida de la vida normal. Los experimentados abogados de lesiones en Illinois de Staver Accident Injury Lawyers, P.C. pueden discutir con usted sus opciones de compensación. Llámenos al (312) 236-2900 para una consulta gratis hoy.